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Las 12 claves para entender la reforma previsional aprobada en la ComisiĆ³n de Hacienda y despachada a sala

La ComisiĆ³n de Hacienda del Senado aprobĆ³ por unanimidad y despachĆ³ a sala el proyecto de reforma previsional, que serĆ” discutido por la sala de la CĆ”mara Alta el prĆ³ximo lunes.

De acuerdo con el presidente del Senado, JosĆ© GarcĆ­a Ruminot, la sesiĆ³n del lunes, que comenzarĆ” a las 15:00 horas, serĆ” hasta total despacho de la reforma.
Estos son los principales puntos del proyecto de reforma despachado:

1.- LicitaciĆ³n de cartera. La Superintendencia de Pensiones va a realizar una licitaciĆ³n de stock de los actuales afiliados a la administradora que ofrezca una menor comisiĆ³n de manera similar a como se ha realizado con los nuevos afiliados.

La licitaciĆ³n se harĆ” cada 2 aƱos y la Superintendencia deberĆ” hacer difusiĆ³n de Ć©sta en los medios masivos. Dicha licitaciĆ³n serĆ” aleatoria respecto de los afiliados. A los seleccionados se les enviarĆ” una comunicaciĆ³n y estos podrĆ”n desistir del cambio de AFP. El traspaso durarĆ” 6 meses.

Las AFP que podrĆ”n participar del proceso, serĆ”n aquellas que no tienen mĆ”s del 25% de afiliados. AdemĆ”s, la comisiĆ³n deberĆ” estar fija por 5 aƱos, de lo contrario los afiliados serĆ”n licitables. En tanto, se crearĆ” una nueva institucionalidad: el Consejo Asesor para las Licitaciones.

2.- Fondos Generacionales. Los Fondos Generacionales serĆ”n el sistema por medio del cual las administradoras se harĆ”n cargo de las inversiones, de manera que los afiliados no tengan dicha preocupaciĆ³n.

Los fondos se adaptarĆ”n al rango etario de los afiliados, por lo cual los mĆ”s jĆ³venes estarĆ”n expuestos a activos de mayor riesgo, y los mĆ”s mayores a los de menor riesgo, todo pensando en alcanzar mayores pensiones.

Adicionalmente, se permitirĆ” que el Instituto de PrevisiĆ³n Social (IPS) sea subcontratado por una AFP para encargarse de la atenciĆ³n al usuario.

3.- Sistema de InformaciĆ³n de Pensiones. Hoy la informaciĆ³n relativa a la cotizaciĆ³n obligatoria y la voluntaria estĆ” en manos de distintos actores como son las AFP, las compaƱƭas de seguros, las administradoras Generales de Fondos y el Instituto de PrevisiĆ³n Social (IPS).

El proyecto propone que se genere un sistema de informaciĆ³n centralizada coordinado por la Superintendencia de Pensiones, de manera que los afiliados puedan conocer todos sus antecedentes en una plataforma en lĆ­nea y proyectar su pensiĆ³n.

4.- Seguro Social. Se crea un Seguro Social Previsional que contempla beneficios transitorios y permanentes:

Beneficio por aƱos cotizados. Se entrega 0,1 UF por aƱo. Las mujeres deberĆ”n tener cotizaciones continuas o discontinuas por a lo menos 10 aƱos; y los hombres por 20 aƱos. Siempre el tope mensual serĆ” 2,5 UF. Este beneficio se financia a travĆ©s de la cotizaciĆ³n de rentabilidad protegida que se origina con la cotizaciĆ³n que pone el empleador que es capitalizada en el tiempo. Con cada cotizaciĆ³n de un 1,5%, se da origen a un bono de seguridad operacional.

CompensaciĆ³n por expectativa de vida. Este beneficio iguala las condiciones entre hombres y mujeres considerando la actual mayor expectativa de vida de las mujeres. AsĆ­ se entregarĆ” un 11% de la pensiĆ³n autofinanciada a las mujeres con un piso de 0,25 UF a partir de los 65 aƱos.

Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Se agrupan estos beneficios que hoy se encuentran separados. El Instituto de Seguridad Social (ISP) va a fijar el cumplimiento de los requisitos de los afiliados, mientras que la Superintendencia de Pensiones emitirƔ normas de carƔcter general para el cƔlculo de los beneficios.

5.- Modificaciones a la ley 20.255 (reforma previsional de 2008). Se actualiza la definiciĆ³n de la pensiĆ³n base incluyendo los beneficios por aƱos cotizados y la expectativa de vida.

El Ejecutivo se compromete a presentar un mensaje, a 180 dĆ­as publicada la ley, que modifica el Fondo de EstabilizaciĆ³n EconĆ³mico y Social; y el Fondo de Reserva de Pensiones.
Durante los primeros 10 aƱos de publicada la ley, los ministerios de Hacienda y Trabajo deberĆ”n elaborar cada 2 aƱos, informe de evaluaciĆ³n de efectos macroeconĆ³micos de la ley emitiendo una copia a la ComisiĆ³n Especial Mixta de Presupuestos.

Durante la transiciĆ³n del incremento cotizaciĆ³n, las leyes de reajuste al sector pĆŗblico destinarĆ”n recursos al financiamiento de la cotizaciĆ³n y los mecanismos de traspaso a los sostenedores de establecimientos educacionales que reciban aportes del Estado asĆ­ como a los establecimientos de salud primaria.

En el caso de incapacidad laboral del trabajador, la cotizaciĆ³n serĆ” de cargo de las entidades pagadoras del subsidio.

6.- Licencias mĆ©dicas. TambiĆ©n la ComisiĆ³n logrĆ³ acuerdo en relaciĆ³n al aporte del empleador durante las licencias mĆ©dicas. AsĆ­, se acordĆ³ que en el caso de licencias, el empleador quedarĆ” obligado al pago del 2,5% y los prestadores de salud al 6%.

7.- Aumento de la cotizaciĆ³n del empleador. El dĆ­a miĆ©rcoles, la ComisiĆ³n ya habĆ­a aprobado el punto central de la reforma: es decir, el aumento de la cotizaciĆ³n del empleador que quedĆ³ fijada en un 8,5% de la remuneraciĆ³n imponible, del cual un 4,5% irĆ” a capitalizaciĆ³n individual del trabajador, un 1,5% a la cotizaciĆ³n con rentabilidad protegida y un 2,5% al seguro social (seguro de invalidez, sobrevivencia y expectativa de vida).

Los artĆ­culos mencionados hacen referencia tambiĆ©n al tope imponible de la cotizaciĆ³n, la regulaciĆ³n de la naturaleza de la cotizaciĆ³n, la obligaciĆ³n del empleador de pagar las cotizaciones en el caso de incapacidad laboral, y el tĆ©rmino de dicha obligaciĆ³n, cuando el trabajador se pensione por vejez, invalidez total o cumpla la edad para jubilarse.

8.- PGU. El viernes, la ComisiĆ³n ya habĆ­a dado luz verde al aumento de la PensiĆ³n Garantizada Universal (PGU).

Esta se ampliarĆ” a los pensionados por leyes de reparaciĆ³n y exonerados polĆ­ticos de las comisiones Valech y Rettig mĆ”s los pensionados de Dipreca y Capredena.
AdemƔs, el pago de los 250.000 pesos de la PGU se harƔ en forma escalonada:

Primer dĆ­a hĆ”bil del 6Ā° mes vigente para los mayores de 82 aƱos Primer dĆ­a hĆ”bil del 18Ā° mes vigente para los mayores de 75 aƱos Primer dĆ­a hĆ”bil del 30Ā° mes vigente para los mayores de 65 aƱos

9.- Cobranza judicial. Las administradoras deberĆ”n mantener y financiar un sistema Ćŗnico de gestiĆ³n de cobranza prejudicial y judicial de cotizaciones adeudadas.

La cobranza judicial la harĆ”n las administradoras de manera conjunta subcontratando el servicio mediante una licitaciĆ³n abierta. Las labores de cobranza prejudicial las realizarĆ” la TesorerĆ­a.

10.- Trabajos pesados: los pensionados por vejez o invalidez que registren cotizaciones, tendrĆ”n derecho, segĆŗn corresponda, a los beneficios del Seguro Social Previsional, a la edad que resulte de restar a 65 aƱos, los aƱos que tenĆ­an derecho a rebajar su edad legal para pensionarse por vejez en virtud de trabajos pesados.

11.- Trabajadores independientes: estƔn considerados en la reforma, de manera que sus beneficios se empalmarƔn con la gradualidad de la ley que hoy los obliga a cotizar.

12.- QuĆ© pasarĆ” con el FAPP. Algunas de las normas aprobadas surgieron de las recomendaciones que hizo el miĆ©rcoles el Consejo Fiscal AutĆ³nomo (CFA) y que estableciĆ³ 11 riesgos y sus mitigaciones.

AsĆ­, por ejemplo, la CFA seƱalaba que el Fondo AutĆ³nomo de ProtecciĆ³n Previsional (FAPP), al estar fuera del Ć”mbito del Gobierno Central, podrĆ­a quedar excluido del seguimiento de las reglas fiscales y que esto dificulta una supervisiĆ³n integral de los riesgos fiscales.

TambiĆ©n, habĆ­a seƱalado que la administraciĆ³n del FAPP requiere un diseƱo robusto que garantice transparencia, independencia tĆ©cnica y rendiciĆ³n de cuentas, dado que administrarĆ” recursos equivalentes al 15% del PIB y que es necesario ajustar los aportes y beneficios del FAPP para garantizar su sostenibilidad en el tiempo, especialmente durante los primeros aƱos de su implementaciĆ³n.

En este caso, la subsecretaria general de la presidencia, Macarena Lobos, explicĆ³ que si los estudios actuariales -que se realizarĆ”n cada tres aƱos- seƱalan que el FAPP acumularĆ” recursos que excedan lo requerido para ser sustentable, el administrador del fondo en un plazo de dos meses propondrĆ” adecuaciones a esos parĆ”metros con el fin de estabilizar el tamaƱo del fondo.
Este fondo, que tiene como fin de financiar las prestaciones del Seguro Social Previsional tendrĆ” un patrimonio independiente y separado del patrimonio de su administrador y de la o las entidades a quienes se licite la gestiĆ³n de las inversiones.

Los cinco integrantes del FAPP van a durar seis aƱos y pasarĆ”n por la aprobaciĆ³n del Senado.

Reacciones. El senador Felipe Kast, presidente de la ComisiĆ³n y quien durante la tarde dijo que el proyecto serĆ­a despachado este sĆ”bado despuĆ©s de que Gobierno y oposiciĆ³n alcanzaran un acuerdo, seƱalĆ³ que ā€œhemos llegado a un diĆ”logo muy fructĆ­fero con el Ejecutivo que se ha abierto al diĆ”logo. SabĆ­amos que revisar esto rĆ”pido iba a ser un error y el tiempo nos dio la razĆ³n. En la reuniĆ³n de coordinaciĆ³n de la maƱana recogimos la preocupaciĆ³n del Consejo Fiscal AutĆ³nomo y de los acadĆ©micos respecto de varios temas como que los colegios particulares subvencionados estuvieran consideradosā€.

Por su parte, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, seƱalĆ³ que ā€œconcluimos esta sesiĆ³n con mucha satisfacciĆ³n y mucho entusiasmo, quedan menos pasos para despachar esta reforma de pensiones que tanta gente espera. Sabemos que este es un proyecto extenso y complejoā€.

ā€œAl final del dĆ­a en esta ComisiĆ³n de Hacienda se incorporaron 15 indicaciones mĆ”s cuatro artĆ­culos transitorios, que se hicieron cargo de algunas de las recomendaciones del Consejo Fiscal AutĆ³nomo. Por otro lado, tambiĆ©n se incorporaron temas que surgieron durante la discusiĆ³n y que eran de inquietud de los senadores. Hay que destacar que estas indicaciones mejoran el proyecto en cuanto a que se mantienen todos los elementos fundamentales de los acuerdos que hemos logrado y agregan valor en tĆ©rminos de transparencia, predictibilidad, y responsabilidad fiscalā€, agregĆ³.

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